Morena tumba alcaldías de FxM en Chignahuapan y PAN en Venustiano Carranza

Por: Adriana Colchado

@tamalito_rosa

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Morena le arrebata las alcaldías al emanado de Fuerza Por México Juan Lira Maldonado, alias “Don Moco”, en Chignahuapan; y al panista Marco Valencia en Venustiano Carranza.

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) anuló las elecciones en los municipios de Chignahuapan y Venustiano Carranza, una decisión que tuvo lugar en las primeras horas del 15 de octubre de 2024, a menos de una hora de que concluyera el periodo de gobierno en estas demarcaciones. La anulación derivó en la designación de Concejos Municipales que gobernarán temporalmente hasta que se celebren elecciones extraordinarias.

Durante una sesión pública, el TEEP turnó la sentencia al Congreso de Puebla, el cual, en una votación mayoritaria, determinó la creación de los Concejos Municipales para ambas localidades. Estos concejos estarán en funciones desde el 15 de octubre de 2024 hasta la toma de protesta de quienes resulten electos en los comicios extraordinarios, que se realizarán en 2025.

 

 

El caso inició cuando el partido Morena promovió dos recursos de impugnación, identificados con los folios TEEP-I-129/2024 y TEEP-I-130/2024, para invalidar los resultados de las elecciones en ambos municipios. Los recursos fueron presentados ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que los rechazó durante los primeros minutos del 14 de octubre de 2024, declarando que las elecciones habían sido válidas y ratificando los triunfos de Marco Valencia, del Partido Acción Nacional (PAN), en Venustiano Carranza, y de Juan Lira Maldonado, de Fuerza por México, en Chignahuapan.

Sin embargo, el TEEP, en una decisión controvertida, decidió avalar la anulación de los comicios en ambas localidades. El voto mayoritario estuvo a cargo de la presidenta del Tribunal, Idamis Pastor Betancourt, y del magistrado Israel Argüello Boy. La magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez fue la única en votar en contra, argumentando que la decisión violaba el Código Electoral del Estado de Puebla, específicamente el artículo 373, inciso B, que establece que los medios de impugnación deben resolverse diez días antes de la toma de protesta de los candidatos electos.

La magistrada Sandoval Sánchez subrayó que el TEEP estaba trasgrediendo la ley al tomar una decisión de esta magnitud tan cerca del cambio de gobierno, lo que también contradecía el fallo de la Sala Superior del TEPJF, que había confirmado los resultados electorales.

El Congreso de Puebla, en una sesión pública que comenzó en los primeros minutos del 15 de octubre, aprobó por mayoría la nulidad de las elecciones y la creación de los Concejos Municipales en Chignahuapan y Venustiano Carranza. La votación en el Pleno del Congreso contó con 36 votos a favor y seis en contra, con el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI) siendo los principales opositores a la decisión.

A raíz de esta decisión, ambos municipios se suman a la lista de localidades que tendrán elecciones extraordinarias en 2025, junto con Ayotoxco de Guerrero y Xiutetelco.