La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha hecho público el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, donde se evalúa la constitucionalidad de la reforma judicial promovida por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y aprobada por la mayoría calificada de Morena y sus aliados en el Congreso. Este análisis aborda las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano.
El ministro González Alcántara plantea declarar inconstitucional la elección por voto popular de jueces y magistrados, buscando así evitar una “crisis constitucional”. Sin embargo, en su propuesta, mantiene la elección de los ministros y ministras de la SCJN, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial.
En sus palabras, el proyecto aspira a restablecer la “normalidad institucional” entre los Poderes de la Unión, subrayando que la elección popular de jueces y magistrados podría representar una violación a principios de imparcialidad y a la democracia constitucional. “Deseamos que se ponga fin a la crisis constitucional actualmente en curso”, afirmó González Alcántara en su propuesta de sentencia.
Propuesta para eliminar otras figuras de la reforma judicial
El proyecto incluye la recomendación de invalidar otras disposiciones que afectan la imparcialidad judicial, tales como la figura de los jueces sin rostro y los amparos con efectos generales. Además, sugiere invalidar la renovación total de los poderes judiciales locales, en favor de que los jueces estatales mantengan su independencia y no sean removidos para ser reemplazados por otros electos mediante voto popular.
“Mesura institucional” en la discusión sobre elección de ministros
En un acto de “mesura institucional”, González Alcántara opta por no incluir la revisión de la elección popular para ministros en su proyecto, afirmando que el tribunal constitucional tiene autoridad para revisar reformas constitucionales que impacten principios básicos, conocidos como “cláusulas pétreas”.
Siguiente paso: votación en el Pleno de la SCJN
El proyecto del ministro aún no ha sido listado para discusión ni votación en el Pleno de la SCJN. Para que su propuesta sea adoptada, se requiere el voto favorable de al menos ocho ministros. De aprobarse, la SCJN tomaría una postura crucial sobre la reforma judicial y su impacto en el Poder Judicial, marcando un precedente en la interpretación de los límites constitucionales de los Poderes de la Unión.
Vía Latinus